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Procesos Legislativos

Esta sección cuenta con un mapa interactivo a través del cual podrá conocer la legislación referida a niñez y adolescencia de cada una de las provincias del país tanto en materia penal como de protección. También podrá encontrar la legislación internacional y nacional vigente, los diferentes proyectos de ley penal juvenil e informes y análisis realizados por el equipo del Observatorio y por otros especialistas.

Legislación

Modificación legislativa del régimen penal juvenil

La Ley Penal que actualmente administra la comisión de delitos por parte de personas menores de 18 años de edad, es el Decreto Ley 22.278/80 cuyo contenido no se adecua a la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales de derechos humanos. De esta manera, la normativa penal vigente no garantiza el cumplimiento y la protección de los derechos de los adolescentes incluidos en la misma.

Esta inadecuación requiere la modificación de la legislación penal en pos de garantizar, en principio de manera enunciativa, los derechos de los jóvenes imputados. A continuación presentamos los los proyectos de ley que se encuentran en discusión en la Cámara de Diputados, que plantean una reforma al actual Régimen Penal de la Minoridad (Ley 22.278/80) y el proyecto de ley que cuenta con la media sanción de la Cámara de Senadores.

Proyecto con media sanción de la Cámara de Senadores

Proyecto 1448-D-2011

Proyecto 1045-D-2010

Proyecto 1524-D-2010

Proyecto 6427-D-2010

Leyes Nacionales de Niñez y Adolescencia

Decreto Ley N° 22.278/ 80: Régimen Penal de la Minoridad.

El Régimen Penal de la Minoridad, corporizado en los decretos 22.278/80 y 22.803/83, aún es el encargado de establecer cuáles son criterios de punibilidad en relación a los menores de edad. Reglamenta, de acuerdo a un criterio etario, la franja que podrá ser declarada imputable penalmente de sus actos y la separa de la que no podrá serlo, o sea, aquella que se considera inimputable; estableciendo los pasos a seguir en cada uno de los casos.
A modo de síntesis establece que los menores de 16 años no son punibles, así como tampoco lo son los menores de 18 años respecto de delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de los dos años. Son punibles, y por tanto susceptibles de ser sometidos a proceso penal, los chicos que cometan delitos entre sus 16 y 18 años y que no respondan a las características recientemente mencionadas. Estos últimos serán dispuestos provisionalmente, aunque dicha provisionalidad pueda extenderse no solo hasta la declaración de responsabilidad penal, sino hasta tanto el Juez lo determine.
De determinarse la responsabilidad penal del adolescente inculpado, el Juez puede dictar 1 año de tratamiento tutelar, plazo luego del cual se podrá dictar sentencia siempre y cuando el menor haya cumplido los 18 años. En la circunstancia de dictar sentencia el juez puede, a partir de considerar las modalidades del hecho, los antecedentes del menor, el resultado del tratamiento tutelar y su propia impresión, aplicar una sanción reducida en la forma prevista por el Código Penal para el delito en cuestión, o directamente no aplicar sanción y absolverlo.
Este Régimen penal de la minoridad ya ha tenido múltiples intentos de ser modificado. Efectivamente, hace varios años vienen presentándose proyectos legislativos de reforma y/o derogación en ambas Cámaras. Los proyectos que han discutido en las Comisiones específicas abogan ya sea por la baja de la edad de imputabilidad penal, ya sea por la instauración de régimen de responsabilidad penal adolescente-juvenil.

Ley N° 26.061/05: Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Decreto Reglamentario N° 415 de la Ley N° 26.061/06.

El 28 de septiembre de 2005, tras quince años de debates y a casi a cien años de vigencia, fue derogada la Ley 10.903de Patronato de Menores y reemplazada por la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Esta ley prevé la creación de un sistema de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes del país, en cuya base se encuentra el conjunto de políticas públicas básicas y universales para el pleno desarrollo de la niñez en todas las áreas: educación, salud, cultura, recreación, participación ciudadana, etc.; y define las responsabilidades de la familia, la sociedad y el Estado en relación con esos derechos

 

 

Ley N° 8293/10

Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Ver texto de la ley.

 

LEY N° 3062/09

Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes que se encuentren en el territorio de la provincia de Santa Cruz.

Ver texto de la ley.

Ley N° 5292/09

Ley de adhesión de la Provincia a los Principios y Disposiciones de la Ley Nacional N° 26.061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.

Ver texto de la ley.

Ley N° 12.967/09 y decreto reglamentario

Ley de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Ver texto de la ley.

Decreto Reglamentario N° 0619/11.

Ley N° 9861/08

Ley de Protección Integral de los Derechos del Niño, el Adolescente y la Familia.
Principios, derechos y garantías. Autoridad de Protección. Procedimiento
de Familia. Procedimiento penal aplicable a menores de 18 años.

Ver texto de la ley.

Ley N° 6915/08

Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.

Ver texto de la ley.

Resolución 171/2007 - Ministerio de Desarrollo Humano PBA - Dependecias del Sistema de Promoción y Protección

Por la resolución de referencia el Minsiterio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires establece los objetivos y acciones de las dependencias del Sistema de Promoción y Protección de los Derechos del Niño en la Provincia.

Resolución 171/2007

Resolución 166/2007 - Ministerio de Desarrollo Humano PBA - Sobre la descentralización

Resolución del Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires que hace referencia al despliegue y funciones del nuevo sistema de promoción y protección de derechos en la Provincia.

Referencias a los Servicios zonales de promoción y protección de derechos, Casas de Abrigo y Centros de Referencia.

Resolución 166/2007

Ministerio de Desarrollo Social - Decreto 28 /2007 - Organigrama y objetivos SENNAF

En el decreto de referencia (28/2007) se establece la estructura institucional y las misiones y objetivos de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF).

Ver aquí el documento completo.

Leyes de la Provincia de Buenos Aires

Ley N° 13.298/04: Ley de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños.

Ver texto de la ley.

Ley N° 13.634/07: Ley del Fuero de Familia y de Responsabilidad Penal Juvenil.

Ver texto de la ley.

Ley N° 13.645/07: Ley del Fuero de Familia y de Responsabilidad Penal Juvenil.

Ver texto de la ley.

 

Marco normativo en la Provincia de Buenos Aires

En la Provincia de Buenos Aires, el 28 de febrero de 2007, mediante un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, se ha levantado la medida cautelar de suspensión de la ley 13.298, que mantenía suspendida la norma jurídica. De esta manera, la Ley que fuese sancionada el 29 de diciembre de 2004 y promulgada el 14 de enero de 2005, -ley 13.298- que venía finalmente a derogar al Decreto-ley 10.067/83 de Patronato de Menores así como la controvertida ley 12.607 -Régimen de Protección Integral de los Derechos del niño y el joven-, empezaría a regir a partir de este momento. (Cabe aclarar que el 16 de marzo de 2007 la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires -en una causa de Quilmes- reconoció la inconstitucionalidad del decreto-ley 10.067/83 por violación al art. 18 de la Constitución Nacional).

La ley 13.298, De la Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños, garantiza el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de los derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento legal vigente y leyes que en su consecuencia se dicten. Dispone que en cada municipio se deberán crear órganos desconcentrados, denominados servicios locales de protección de derechos.

Crea una comisión interministerial para la promoción y protección de los derechos del niño. Crea el registro de organizaciones de la sociedad civil que tengan como objeto el trabajo o desarrollo de actividades vinculadas a los derechos de los niños.
Crea la comisión para la elaboración de la propuesta de Proyecto de Ley de Organización y procedimiento del Fuero del niño.
Establece principios generales de procedimiento. Modifica el artículo 827 del decreto-ley 7425/1968 -código procesal civil y comercial de la Provincia de Buenos Aires-, sobre competencia de los tribunales de familia. Modifica la ley 5827 -orgánica del poder judicial-. Modifica artículo 50, incorpora inciso g) al apartado 1, parágrafo i del artículo 61. Deroga los incisos a), c), e), i) del apartado 2, parágrafo i, el apartado 3 del parágrafo i, y los incisos a), b), c), d), e) y ii) del parágrafo ii del articulo 61.

Durante los meses que siguieron a la suspensión de la ley 13.298, hubo movimientos tendientes a buscar una solución, tendencia que se profundizó a partir de la ley nacional 26.061 que tornó la cuestión de reforma legislativa en un tema impostergable.
Se avanzó en el aspecto procesal penal (el aspecto procesa de fondo es nacional, y por lo tanto aún sigue vigente la Ley 22.278/80), y también en el aspecto procesal civil de familia, y así fue aprobada la 13.634 de los Fueros de Familia y Penal Juvenil sancionada en diciembre de 2006.
El 14 de febrero de 2007 la Suprema Corte de la provincia reconoció la nueva ley de Fuero Penal Juvenil y Fuero de Familia al emitir dos Acordadas, que disponen estudiar la implementación de la Ley.

En este sentido, el 13 de febrero de 2007 se aprobó el Decreto 151-07 (publicado el 22-03-07), el cual crea en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, el Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil.
Este decreto se encuentra firmado por Felipe Solá, gobernador de la Provincia de Buenos Aires.

A su vez, el 14 y 21 de marzo de 2007 se sancionó y promulgó respectivamente, la ley 13.645 (B.O. PBA 23-03-07), que sustituye el artículo 14 y 95 de la ley 13.634 sobre creación de cargos de asesor de incapaces y entrada en vigencia de las disposiciones referidas al Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil. Asimismo, esta ley modifica la ley orgánica del poder judicial sustituyendo el artículo 61 sobre competencia de jueces de paz letrados.

El 8 de marzo de 2007, cuando la medida cautelar que regía sobre la 13.298 ya había sido levantada, la Procuración de la Provincia de Buenos Aires presentó un recurso de revocatoria in extremis. El 18 de abril de 2007 la Corte rechazó el pedido de revocatoria in extremis elevado por la Procuración.

A los efectos de describir la situación legislativa de la infancia en la provincia, habíamos elaborado un informe específico sobre la ley 13.298, que si bien ha sido superado por los acontecimientos que se sucedieron desde la sanción de la ley 13.634, constituyen un material valioso si se pretende profundizar en la complejidad que ha asumido el proceso de reforma legislativa en la PBA.

Ley N° 5773/07

Ley provincial de Adhesión a la Ley N° 26.061.

Ver texto de la ley.

Leyes de Córdoba

Ley N° 9060/02: Funciones de la Secretaría Integral de Protección del Niño y del Adolescente.

Ver texto de la ley.

Ley N° 9396/07: Ley provincial de Adhesión a la Ley N° 26.061.

Ver texto de la ley.

Ley N° 9944/11: Ley de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en la Provincia de Córdoba.

Ver texto de la ley.

 

Decreto 416/2006 - Sobre conformación Consejo Federal

El decreto de referencia establece las facultades del titular de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, entre las que se ubican la de convocar y conformar el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia.

Decreto 416/2006

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